"EL CASAMIENTO DEL INDIO-MINUANO FELIPE LAGOS".....
En el antiguo libro de casamientos asignado a la Vice-Parroquia de la "Villa de San Servando" ubicada en las cercanías del río Yaguarón (Departamento de Cerro Largo) constan casamientos hechos en dicha Villa, en la Parroquia Matriz "do Espírito Santo" de Yaguarón (Brasil) y en la Parroquia "Nuestra Señor del Pilar y San Rafael" de la ciudad de Melo (Cerro Largo).-
Todos los casamientos fueron hechos por el Cura Vicario brasileño y masón: Joâo Pedro Themudo Cabral Diniz, quien residía en Yaguarón y era integrante de la "Cámara de Vereadores" de dicha villa riograndense.-
Quizás este hecho sorprende un poco en los cánones de la historia nacional, donde un cura brasileño, luego de jurada nuestra Primer Constitución y con un país libre de todo poder extranjero; ejerció comoTeniente Cura hasta Vicario Interino, mientras recorría todos los claustros católicos de Cerro Largo y dejaba estampados sus textos de estilo, con el toque inconfundible del idioma portugués arcaico.-
En otros momentos, se comprueba que el escribiente elegido, escribía lo que el Cura le dictaba y es así que se puede apreciar en varias Partidas de Bautismos y de Casamientos, un entrevero regular de palabras, ora escritas en castellano ora escritas en portugués.-
En este caso, el cual lo quiero compartir con todos ustedes por lo interesante del contexto, el escribiente del Cura, escribió en un perfecto castellano.-
A Fs. 19 del libro asignado a "San Servando", consta una "Partida de Casamiento", que el Cura Themudo Cabral Diniz, ni la firmó tan siquiera y la realizó cuando estaba a cargo de la Parroquia de la "Villa de Melo".-
Allí dejó constancia que el día 8 de abril de 1835 "desposé por palabras de presente" (equivale a decir que los novios no estaban en su presencia) al indio minuano Manuel Lagos (sic) y a Antonina Caraballo, natural de Canelones, hija natural de María Marín.-
Agregó que dichos contrayentes se domiciliaban en paraje "Avestruz Chico" (hoy, Quinta Sección del departamento de Treinta y Tres) y que "el indio minuano" había sido educado en la casa de don Felipe Lagos (sic) y de doña Josefa Bas (sic), tomando el nombre y el apellido del dueño de casa.-
A pedido de Lago y de su esposa, el casamiento se realizó de la forma antes indicada.-
Vale decir a todo esto que el hacendado Manuel Francisco Lago Ramírez esposo de Josefa Vaz, hombre de real importancia en sus pagos del "Avestruz Chico", nativo de la zona de "Las Piedras" (Canelones) había sido Juez Comisionado cuando el gobierno de la Cisplatina y quien un día 2 de abril de 1824, junto a : Alejandro Bresque, Blas y Buenaventura Coronel, Manuel Grillo y Bernardo Pereira Pintos, entre varios más, aprobaron y ratificaron en la "Villa de Melo" la constitución del Imperio del Brasil. Casualmente, leída en todos su términos por el Cura Themudo Cabral Diniz y en presencia del Sargento Mayor Bento Gonçalves da Silva.-
Todos los casamientos fueron hechos por el Cura Vicario brasileño y masón: Joâo Pedro Themudo Cabral Diniz, quien residía en Yaguarón y era integrante de la "Cámara de Vereadores" de dicha villa riograndense.-
Quizás este hecho sorprende un poco en los cánones de la historia nacional, donde un cura brasileño, luego de jurada nuestra Primer Constitución y con un país libre de todo poder extranjero; ejerció comoTeniente Cura hasta Vicario Interino, mientras recorría todos los claustros católicos de Cerro Largo y dejaba estampados sus textos de estilo, con el toque inconfundible del idioma portugués arcaico.-
En otros momentos, se comprueba que el escribiente elegido, escribía lo que el Cura le dictaba y es así que se puede apreciar en varias Partidas de Bautismos y de Casamientos, un entrevero regular de palabras, ora escritas en castellano ora escritas en portugués.-
En este caso, el cual lo quiero compartir con todos ustedes por lo interesante del contexto, el escribiente del Cura, escribió en un perfecto castellano.-
A Fs. 19 del libro asignado a "San Servando", consta una "Partida de Casamiento", que el Cura Themudo Cabral Diniz, ni la firmó tan siquiera y la realizó cuando estaba a cargo de la Parroquia de la "Villa de Melo".-
Allí dejó constancia que el día 8 de abril de 1835 "desposé por palabras de presente" (equivale a decir que los novios no estaban en su presencia) al indio minuano Manuel Lagos (sic) y a Antonina Caraballo, natural de Canelones, hija natural de María Marín.-
Agregó que dichos contrayentes se domiciliaban en paraje "Avestruz Chico" (hoy, Quinta Sección del departamento de Treinta y Tres) y que "el indio minuano" había sido educado en la casa de don Felipe Lagos (sic) y de doña Josefa Bas (sic), tomando el nombre y el apellido del dueño de casa.-
A pedido de Lago y de su esposa, el casamiento se realizó de la forma antes indicada.-
Vale decir a todo esto que el hacendado Manuel Francisco Lago Ramírez esposo de Josefa Vaz, hombre de real importancia en sus pagos del "Avestruz Chico", nativo de la zona de "Las Piedras" (Canelones) había sido Juez Comisionado cuando el gobierno de la Cisplatina y quien un día 2 de abril de 1824, junto a : Alejandro Bresque, Blas y Buenaventura Coronel, Manuel Grillo y Bernardo Pereira Pintos, entre varios más, aprobaron y ratificaron en la "Villa de Melo" la constitución del Imperio del Brasil. Casualmente, leída en todos su términos por el Cura Themudo Cabral Diniz y en presencia del Sargento Mayor Bento Gonçalves da Silva.-
(Fuentes: Archivos de la Parroquia de "San Servando" y apuntes del Dr. Francisco N. Oliveres).-
Texto: Jorge Muniz.-
Vergara, 24 de febrero del 2019.-
Vergara, 24 de febrero del 2019.-
No hay comentarios:
Publicar un comentario